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lunes, 22 de febrero de 2010

LA ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES HA HECHO PÚBLICO UN BANDO EN EL QUE SE REGULA LA PRÁCTICA DEL SUBMARINISMO O BUCEO


En este bando se explica que el litoral del municipio de Agüimes es utilizado, durante la mayor parte del año, por numerosos bañistas que acuden a cada una de sus playas para disfrutar de su entorno natural y sus aguas cristalinas.

En muchas ocasiones, la tranquilidad y seguridad de las personas usuarias de las playas se ven truncadas por la utilización irresponsable de empresas y personas que practican el submarinismo y el buceo sin respetar los espacios públicos, ocasionando alteraciones en la convivencia y el disfrute de los ciudadanos.

Por todo ello y en orden a establecer un procedimiento de seguridad en lugares públicos, y la protección de sus habitantes, la alcaldía del Ayuntamiento de Agüimes publica este bando en el que se PROHIBE el uso de los espacios públicos para depositar, vestirse, poner a punto los utensilios, etc. para la práctica del submarinismo o buceo, en la zona comprendida entre el lado norte de la Playa de Cabrón y el Canal del Polígono de Arinaga, de este municipio.

Esta dedición se toma en base a lo establecido en las siguientes leyes: en el artículo 21.1.e) y 25.2.a) y h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el Decreto 98/2003, de 21 de mayo, sobre Seguridad y Protección en las Playas de la Comunidad Autónoma de Canarias; la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, del Reglamento de Costas, y la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.